INFORME PRELIMINAR DE PUNTOS DE INSPECCION
SEGÚN LOE (LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN)

  • Informe de defectos en los inmuebles diferenciando los plazos indicados en el Art. 17 de la LOE, en cuanto a la responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación. Plazos establecidos:
    • 10 años: daños materiales que afectan a la estructura.
    • 3 años: daños materiales por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasiona el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
    • 1 año: vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabados de las obras.
  • Interlocución con las empresas Promotoras (Promotor-Vendedor).
  • Propuesta de acuerdos transaccionales.
  • Apoyo y coordinación con los despachos de abogados antes y después de las posibles demandas.
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